Las viviendas eficientes a nivel energético

Cuando vamos a comprar o alquilar una vivienda, junto al precio de venta o la renta de alquiler de la misma, es igualmente importante estimar cuán caro puede ser vivir en ella. La eficiencia energética de una vivienda es un elemento a tener presente y cuya obligatoriedad está alterando el mercado inmobiliario.
La financiación hipotecaria ofrece productos adecuados a las viviendas más eficientes.
El certificado energético
Desde el año 2013, toda vivienda en régimen de alquiler o venta debe contar con un certificado de eficiencia energética y para las viviendas de nueva construcción este se viene exigiendo desde 2007.
¿Qué es el certificado de eficiencia energética?
El certificado de eficiencia energética es un documento que expone las características energéticas de la vivienda, tanto a nivel de consumo como de emisiones. En otras palabras, nos dice de antemano cuánto consumo de energía necesita la vivienda para que sea confortable.
El procedimiento básico para calificar una vivienda se desarrolla en el Real Decreto 235/213, en el cual se proclama que:
“Cuando se construyan, vendan o alquilen edificios o unidades de éstos, el certificado de eficiencia energética o una copia de éste se deberá mostrar al comprador o nuevo arrendatario potencial y se entregará al comprador o nuevo arrendatario, en los términos que se establecen en el Procedimiento básico.”
¿A qué se aplica este procedimiento?
- Edificios de nueva construcción.
- Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.
- Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250m y que sean frecuentados habitualmente por el público.
El documento debe estar redactado por un técnico competente. Puede hacerlo cualquier profesional que cuente con una titulación académica o que lo habilite para la redacción de proyectos, la dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación. También aquellos profesionales que puedan llevar a cabo proyectos de instalaciones térmicas. Despachos de arquitectura (arquitectos, aparejadores, etc.) o ingenieros, entre otros, están habilitados para ello.
El coste de emisión del certificado es variable en función de los honorarios del profesional que lo emita, siendo entre 150 € y 200 € la tarifa más común en el mercado.
Partes de un certificado energético
El certificado de eficiencia energética contendrá, como mínimo, la siguiente información:
a) Identificación del edificio o de la parte del mismo que se certifica, incluyendo su referencia catastral.
b) Indicación del procedimiento reconocido utilizado para obtener la calificación de eficiencia energética.
c) Indicación de la normativa sobre ahorro y eficiencia energética de aplicación en el momento de su construcción.
d) Descripción de las características energéticas del edificio: envolvente térmica, instalaciones térmicas y de iluminación, condiciones normales de funcionamiento y ocupación, condiciones de confort térmico, lumínico, calidad de aire interior y demás datos utilizados para obtener la calificación de eficiencia energética del edificio.
e) Calificación de eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética.
f) Para los edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética de un edificio o de una parte de este.
g) Descripción de las pruebas y comprobaciones llevadas a cabo.
h) Cumplimiento de los requisitos medioambientales exigidos a las instalaciones térmicas.
De lo anterior se desprende que en el certificado energético también debe constar si la vivienda necesita alguna reforma (ventanas, fachadas, cubiertas) para que sea totalmente eficiente energéticamente hablando y así reducir el consumo de energía y lograr un ahorro económico.
Por eso, en el momento del alquiler o compraventa de la vivienda, el propietario debe poner a disposición del comprador o arrendatario este certificado para que tenga constancia de la situación a la que se enfrenta.
La calificación energética de una casa se muestra a través de siete letras, desde la A (más eficiente) hasta la G (menos eficiente). También puede representarse con un abanico de colores: verde (A, B y C), amarillo (D) y rojo (E, F y G). De este modo, si una vivienda es clasificada con una A, significa que consume un 90 % menos de energía que cualquier otra calificada con otra letra inferior. Una vivienda de clase B consume un 70 % y una de clase C, un 35 %.
El certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de diez años, siendo el propietario del edificio responsable de su renovación o actualización.
El certificado de eficiencia energética debe presentarse en el registro de certificados de eficiencia energética de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre la vivienda. Este trámite, si bien generalmente es realizado por los propios profesionales que se encargan de emitir la certificación, también puede realizarlo la persona titular del inmueble.
Excepciones
Aunque se trata de un documento obligatorio, hay excepciones.
No es necesario que presenten el certificado energético los edificios protegidos oficialmente, por contar con un valor arquitectónico o histórico. Tampoco los que se utilicen como lugares de culto y actividades religiosas, edificios industriales, agrícolas, edificios aislados con una superficie inferior a 50 metros cuadrados o que sean adquiridos para grandes reformas o demoliciones.
También quedan exentos los edificios que se usen menos de cuatro meses al año o con un consumo energético inferior al 25% de lo que se debería consumir en un año.
La etiqueta de eficiencia energética
Si se obtiene el certificado de eficiencia energética, se tiene el derecho de utilizar durante el periodo de validez del mismo, la etiqueta de eficiencia energética, que se deberá incluir en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio.
Todos los edificios o unidades de edificios de titularidad privada que sean frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil total superior a 500 m2, exhibirán la etiqueta de eficiencia energética de forma obligatoria, en lugar destacado y bien visible por el público.
También los edificios o partes de los mismos ocupados por las autoridades públicas y que sean frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil total superior a 250 m2. Para el resto de los casos la exhibición pública de la etiqueta de eficiencia energética será voluntaria y de acuerdo con lo que establezca el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Lo primero que vemos en la etiqueta energética es que tiene un marco de color verde. Esto nos indica que es un edificio terminado. Si el edificio estuviera en proyecto el marco sería naranja.
Después de los datos identificativos del inmueble, vemos la parte más interesante: la escala de la calificación energética. Consiste en siete barras de distinto color que va de la A (más eficiente energéticamente) a la G (menos eficiente) Los factores que afectan a la eficiencia pueden ser diversos: materiales de aislamiento del inmueble, orientaciones principales, sistemas de generación de energía, la luz natural, etc.
La escala mencionada se basa en el consumo de energía necesario (kg/co2) y las emisiones que se producen (kwh/m2), datos que aparecen en las dos columnas de la derecha.
Finalmente, en la parte baja se puede comprobar el registro, que indica la fecha de emisión y el período de validez del certificado.